International trade between Spain and the United States is significant. US investment in Spain exceeds USD 65 billion and makes the US the largest foreign investor. Spanish investment in US is over USD 52 billion making Spain the 9th investor in the American country.
The Transatlantic Trade and Investment Partnership (TTIP) would increase the size of the trade: this agreement could annually add €9,230 billion (or 0.74%) to the Spanish GDP in an ambitious scenario. American and Spanish companies doing business in both countries would enhance the current course of business, and more important, create a wide range of new opportunities. 
Compliance management becomes complex for cross-border trading. Firms operating in the American and Spanish markets navigate overlapping compliance regulations. The complexity is increased by the extraterritorial application of some US laws and EU regulations. Compliance Officers thus should have to plan scenarios, integrate the compliance function into the business strategy, and find solutions.
Merely to give an example of a US parent company and its Spanish subsidiary dealing with the following overlapping scenario: 
  • US company (listed issuer): is fully covered under the FCPA, Sarbanes-Oxley and Dodd-Frank provisions. Its foreign subsidiaries, affiliates and joint venture partners are covered as well. The American compliance program, usually based on the FSGO, has to be applied in some way to the Spanish subsidiary. 
  • US company (nonissuer): is fully covered under the FCPA provisions as a domestic concern (an entity incorporated under the US law) as well as its officers, directors, employees or stockholders. The Spanish subsidiary and its employees could also be enclosed under the FCPA: i) due to the principles of agency and concert of action; and ii) if it participates in a bribery scheme while in the US territory. 
  • At the same time, the Spanish subsidiary operates under domestic and EU laws. It is covered under the Capital Companies Law and enclosed under the new corporate liability system. Its compliance program should be in place according to the amended Criminal Code of 2015, Attorney General´s Memo 1/2016 and the Supreme Court´s judgments.
 Which compliance system has to be applied? Clearly, the US parent company has to apply the US compliance system due to the extraterritorial application of the US laws. We can find two approaches:
First, the US system includes and exceeds the five components of a Spanish compliance program. So the parent company could manage the risks from both markets by applying the more comprehensive program (US). However, the Spanish compliance system is developing. There are not enough investigations, prosecutions, and judgments to assess the effectiveness of a compliance program in Spain. In fact, there is not unanimity in the Supreme Court about the issue. Therefore, it is not clear whether an US-inspired compliance program will be considered effective by Spanish authorities.    
Second, the US parent company could put in place general standards for the entire business following US provisions and then adapt policies and procedures to specific regulations, processes or business units in Spain. This way the specific risks from both markets would be managed in a tailored way and the uncertainty reduced. 
In any case, a very clear judgment is necessary to navigate overlapping regulations and to reduce compliance risks in an uncertainty scenario. 
Guillermo Iribarren 

2 modelos de cumplimiento para las empresas que tratan con Estados Unidos y la normativa española
25 de abr. de 201.611 visualizaciones1 recomendación0 comentariosCompartir en LinkedInCompartir en FacebookCompartir en Twitter
El comercio internacional entre España y los Estados Unidos es significativa. la inversión de Estados Unidos en España supera los 65 mil millones de dólares y hace que los EE.UU. el mayor inversor extranjero. la inversión española en los Estados Unidos es de más de USD 52 mil millones convirtiendo a España en el noveno inversor en el país americano.

La Asociación de Comercio e Inversión Transatlántico (TTIP) aumentaría el volumen de la operación: este acuerdo podría añadir anualmente 9.230 millones de € (o 0,74%) para el PIB español en un escenario ambicioso. compañías americanas y españolas que hacen negocios en ambos países mejorarían el curso actual de los negocios, y más importante, crear una amplia gama de nuevas oportunidades.

la gestión del cumplimiento se vuelve compleja para el comercio transfronterizo. Las empresas que operan en los mercados americanos y españoles navegan las regulaciones de cumplimiento que se solapan. La complejidad se incrementa por la aplicación extraterritorial de las leyes de Estados Unidos y algunas regulaciones de la UE. Oficiales de Cumplimiento por lo tanto deben tener que planificar escenarios, integrar la función de cumplimiento en la estrategia de negocio, y encontrar soluciones.

El simple hecho de dar un ejemplo de una empresa matriz estadounidense y su filial española tratar con el siguiente escenario de superposición:

compañía estadounidense (emisor de la lista): está completamente cubierta por la FCPA, Sarbanes-Oxley y disposiciones Dodd-Frank. Sus filiales en el extranjero, afiliados y socios de empresas conjuntas están cubiertos también. El programa de cumplimiento de América, por lo general basado en la FSGO, tiene que ser aplicado de alguna manera a la filial española.
compañía estadounidense (nonissuer): está totalmente cubierto por las disposiciones de la FCPA como un asunto doméstico (una entidad constituida de conformidad con la ley de Estados Unidos), así como sus funcionarios, directores, empleados o accionistas. La filial española y sus empleados también podrían estar encerrados bajo la FCPA: i) debido a los principios de la agencia y el concierto de la acción; y ii) si participa en un plan de soborno, mientras que en el territorio de Estados Unidos.
Al mismo tiempo, la filial española opera bajo las leyes nacionales y de la UE. Está cubierto por la Ley de Sociedades de Capital y encerrado bajo el nuevo sistema de responsabilidad corporativa. Su programa de cumplimiento debe estar en su lugar de acuerdo con el Código Penal enmendado de 2015, la Fiscalía General de Memo 1/2016 y los juicios Court's Supremo.
 ¿Qué sistema de cumplimiento ha de aplicarse? Claramente, la empresa matriz de EE.UU. tiene que aplicar el sistema de cumplimiento de Estados Unidos debido a la aplicación extraterritorial de las leyes estadounidenses. Podemos encontrar dos enfoques:

En primer lugar, el sistema de Estados Unidos incluye y excede los cinco componentes de un programa de cumplimiento española. Por lo que la sociedad matriz podría gestionar los riesgos de los mercados mediante la aplicación del programa más amplio (EE.UU.). Sin embargo, el sistema de cumplimiento española está desarrollando. No hay suficientes investigaciones, procesos y juicios para evaluar la eficacia de un programa de cumplimiento en España. De hecho, no hay unanimidad en el Tribunal Supremo sobre el tema. Por lo tanto, no está claro si un programa de cumplimiento de inspiración estadounidense será considerada efectiva por las autoridades españolas.

En segundo lugar, la empresa matriz estadounidense podría poner en su lugar las normas generales para todo el negocio siguientes disposiciones de los Estados Unidos y luego adaptar las políticas y procedimientos a regulaciones específicas, procesos o unidades de negocio en España. De esta manera los riesgos específicos de los mercados sería administrado de una manera adaptada y reduce la incertidumbre.

En cualquier caso, un juicio muy claro es necesaria para navegar regulaciones superpuestas y para reducir los riesgos de cumplimiento en un escenario de incertidumbre.

Guillermo Iribarren