lunes, 4 de mayo de 2015

SMEs win the battle of the 'swap' also in arbitration

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traducido por Federico Dilla
SMEs win the battle of the 'swap' also in arbitration

MADRID FOR MERCEDES SERRALLER
Updated: 02/05/2015 11:49 pm

The pattern of the Justice sets aside in favor of the banking awards that come to judge the merits, so that SMEs are victorious in all its redress against entities is generalized.

The battle between banks and SMEs by swaps opts clearly on the side of small business. SMEs earn about 90% of the lawsuits in court and now also get out victorious arbitration via traditionally favorable to financial institutions. On 10 April, one EXPANSIÓNadelantó the Court's judgment Superior of Justice of Madrid (TSJM) annulling a favorable banking award and it was not for a formal occasion, as is required, but into the merits. This pattern is becoming widespread and are already several judgments in this line you have accessed this newspaper.

This failure caused a stir in the field of arbitration, which feared that this decision will damage the reputation of Spain and the Court of Arbitration of Madrid as the venue for arbitration, fear that is being endorsed by the accumulation of faults contrary to the bank that is TSJM dictate.

The first case pertained to an SME hospitality that renegotiated a swap with BBVA and claimed he had not been informed of the risks. The ruling was favorable to the bank, but the Supreme Court overturned it because he understood that threatens the economic public order. Thereafter, the Supreme Court has issued several rulings in the same argumentario and failure to very similar cases. Three of them deal BBVA swap that experts have managed simple and unanimity of the court. A fourth affects Banco Popular, on a complex swap and has had a particular vote against (see attached information).

In addition, the TSJM stated in its rulings that the motivation of the awards is arbitrary because it ensures that a financial product of this kind was not "complex" when there is a legal provision that requires consideration of complex products such as swaps and accuses the award not taking into account the suitability test to the client and that he was not informed of the real risks of the product at the time of recruitment was not performed; not realizing that the Bank conducted a marketing not only work but advisory; also it says that it is arbitrary to say that the risks of the product were easily understood; erring in determining the scope of the duties of bank information, etc.

From the industry point out that the cancellation arbitration for violation of public order is reserved for cases that violate fundamental rights. According to the Supreme Court, "it includes both the protection of fundamental rights, for imperative even the EU law, economic law and order" in which certain basic rules and essential principles of procurement are included in assumptions

Jurisprudence citing elTSJ
The Supreme Court is based on the judgment of the Supreme Court of January 20, 2014 "to define the scope of the principle of good faith in contracting of complex financial products. What matters is not so much the assessment of the suitability of the transaction as if it had sufficient knowledge of the product and the risks. "
Quote of the EU Court of May 30, 2013, "will be considered to investment advisory recommendation to enter into a 'swap' by the financial institution ... which are presented as suitable for the customer."
The first statement that opened the way
The Supreme Court annulled Madrid for the first time an award favorable to BBVA because he understood that it violated the economic public order. An SME, which advised Jausas, promoted the renewal of the contract and BBVA offered to sign a 'swap'. The company argued that it believed it was hiring a safe, which could cancel freely, did not understand the exchange that BBVA did not give full information and advised him not to make a test of suitability. The Supreme Court annulled the award because he believes violates fundamental rights such as the "public economic order, in which basic rules and principles of procurement indispensable in cases of particular gravity singularly or in need of protection are included."
The Supreme Court maintains its doctrine
The second sentence says delTSJ motivation of the award is arbitrary to assert that the financial product was not "complex" when there is a legal provision that requires consideration of these 'swaps' and complex; He accuses the award of not taking into account the suitability test and was not reported to the client the actual risks of the product was not performed; not realizing that the bank did not just a marketing work, but advisory. The Supreme Court considers that the award does not motivate enough why the arbitrators considered that the client had misunderstood the 'swap' and its risks and considers that it does not apply the law correctly Securities Market.
The trend against awards
The TSJM again issue a judgment annulling an award of the Court of Abitraje Madrid BBVA favor. The statement reiterates that public order also covers the economic public order, that is, applied to retail customers as this SME, which advises Zaballos Abogados. BBVA censorship did not "suitability test". However, the witness statements the tribunal concluded that the SME had indeed understood the product and did not suffer essential error. The award applies the Supreme Court decision of January 2014, which states that the non-realization of the suitability test to presume that the client suffered essential error over the 'swap', unless it is proved by other means that do have it.
Case Popular with dissent
The Supreme Court annulled a favorable ruling Banco Popular had rejected the claim of an SME that void was declared a "swap 'with' put ', ie, a complex product, by an error on the consent of the SMEs, which advises Ramon C. PelayoAbogados. Despite criticism of the arbitration industry, the statement reiterates that the award violates public economic order. It contains, for the first time, a particular dissenting opinion of President of the Supreme Court of Madrid, Francisco Javier Vieira. He argues that although deemed wrong motivation of the award, it was not enough to annul, because the function of the Supreme Court to find the action for annulment is very limited and can not be assimilated to appeal.

Las pymes ganan la batalla de los 'swaps' también en el arbitraje

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Se generaliza el patrón de que la Justicia anule laudos favorables a la banca que entran a juzgar el fondo del asunto, con lo que las pymes salen victoriosas de todas sus vías de reclamación contra las entidades.
La batalla entre la banca y las pymes por los swaps se decanta con claridad del lado de las pequeñas empresas. Las pymes ganan cerca del 90% de los pleitos en los tribunales y ahora ya consiguen también salir victoriosas del arbitraje, vía tradicionalmente favorable a las entidades financieras. El pasado 10 de abril, EXPANSIÓNadelantó una sentencia delTribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que anulaba un laudo favorable a la banca y no lo hacía por un motivo formal, como es preceptivo, sino que entró en el fondo del asunto. Este patrón se está generalizando y ya son varias las sentencias en esta línea a las que ha accedido este diario.
Este fallo causó conmoción en el sector del arbitraje, que temía que este fallo dañara la reputación de España y de la Corte de Arbitraje de Madrid como sede de arbitrajes, temor que se está viendo refrendado por la acumulación de fallos contrarios a la banca que está dictando el TSJM.
El primer caso atañía a una pyme de hostelería que renegoció un swap con BBVA y que alegó que no había sido informada de los riesgos. El laudo fue favorable al banco, pero el TSJ lo anuló porque entendía que atenta contra el orden público económico. A partir de entonces, el TSJ ha dictado varias sentencias con el mismo argumentario y fallo para casos muy parecidos. Tres de ellas tratan de swaps de BBVA que los expertos consideran sencillos y han conseguido la unanimidad del tribunal. Una cuarta afecta a Banco Popular, sobre un swap complejo y ha tenido un voto particular contrario (ver informaciones adjuntas).
Además, el TSJM afirma en sus fallos que la motivación de los laudos es arbitraria porque asegura que un producto financiero de estas características no era "complejo", cuando existe una previsión legal que obliga a considerar estos swaps como productos complejos y acusa al laudo de no haber tenido en cuenta que no se realizó el test de idoneidad al cliente y de que no se le informó de los riesgos reales del producto en el momento de la contratación; de no darse cuenta que el Banco realizó no solo una labor comercializadora, sino de asesoramiento; también dice que es arbitrario afirmar que los riesgos del producto eran de fácil comprensión; que yerra al determinar al alcance de los deberes de información del banco, etc.
Desde el sector del arbitraje señalan que la anulación por infracción del orden público se reserva a casos que violan derechos fundamentales. Según el TSJ, "comprende tanto la tutela de los derechos fundamentales como, por imperativo incluso del Derecho de la UE, del orden público económico", en el que se incluyen ciertas reglas básicas y principios irrenunciables de la contratación en supuestos

La Jurisprudencia que cita elTSJ

  • El TSJ se basa en la sentencia del Tribunal Supremo de 20 de enero de 2014 "para delimitar el alcance del principio de buena fe en la contratación de productos financieros complejos. Lo relevante no es tanto la evaluación de la conveniencia de la operación como si tenía un conocimiento suficiente del producto y de los riesgos".
  • Cita del Tribunal de la UE de 30 de mayo de 2013: "Tendrá la consideración de asesoramiento en materia de inversión la recomendación de suscribir un 'swap' por la entidad financiera... que se presente como conveniente para el cliente".

La primera sentencia que abrió la veda

El TSJ de Madrid anuló por primera vez un laudo, favorable a BBVA, porque entendía que vulneraba el orden público económico. Una pyme, a la que asesoró Jausas, impulsó la renovación del contrato y BBVA le ofreció suscribir un 'swap'. La empresa esgrimió que creyó que estaba contratando un seguro, que podría cancelar con libertad, que no entendió la permuta, que BBVA no le dio información completa y que le asesoró sin hacerle un test de idoneidad. El TSJ anula el laudo porque cree que viola derechos fundamentales, como el "orden público económico, en el que se incluyen reglas básicas y principios irrenunciables de la contratación en supuestos de especial gravedad o singularmente necesitados de protección".

El TSJ mantiene su doctrina

La segunda sentencia delTSJ afirma que la motivación del laudo es arbitraria por afirmar que el producto financiero no era "complejo", cuando existe una previsión legal que obliga a considerar estos 'swaps' como complejos; acusa al laudo de no haber tenido en cuenta que no se realizó el test de idoneidad y de que no se informó al cliente de los riesgos reales del producto; de no darse cuenta de que el banco realizó no solo una labor comercializadora, sino de asesoramiento. El TSJ considera que el laudo no motiva suficiente por qué los árbitros consideraron que el cliente había entendido bien el 'swap' y sus riesgos y considera que eso hace que no aplicara correctamente la Ley del Mercado de Valores.

Sigue la tendencia contra los laudos

El TSJM volvió a dictar una sentencia que anula un laudo de la Corte de Abitraje de Madrid favorable a BBVA. La sentencia reitera que el orden público comprende también el orden público económico, esto es, que se aplica a los clientes minoristas como esta pyme, a la que asesora Zaballos Abogados. Censura a BBVA que no hizo el "test de idoneidad". No obstante, de las declaraciones testificales el Tribunal arbitral dedujo que la pyme sí había entendido el producto y no padeció error esencial. El laudo aplica la sentencia del Tribunal Supremo de enero de 2014, que establece que la no realización del test de idoneidad permite presumir que el cliente padeció error esencial sobre el 'swap', salvo que quede acreditado por otra vía que sí lo tenía.

Caso del Popular, con voto particular

El TSJ anula un laudo favorable al Banco Popular que había rechazado la pretensión de una pyme de que se declarara nulo un 'swap' con 'put', es decir, un producto complejo, por un error en el consentimiento de la pyme, a la que asesora Ramón C. PelayoAbogados. A pesar de las críticas del sector arbitral, la sentencia reitera que el laudo viola el orden público económico. Contiene, por primera vez, un voto particular discrepante del presidente del TSJ de Madrid, Francisco Javier Vieira. Sostiene que, aunque se reputara equivocada la motivación del laudo, ello no era suficiente para anularlo, pues la función del TSJ al conocer la acción de anulación es muy limitada y no puede asimilarse al recurso de apelación.