lunes, 1 de septiembre de 2014

Sociedad Empresa Holding

Sociedad Empresa Holding

Autor: Manuel Pavón, Socio Director de Pavón Asesores Fiscales y Tributarios.


Muchos grupos familiares parten de un organigrama empresarial ineficiente desde el punto de vista del coste fiscal: los familiares son socios/accionistas directos de diversas compañías. Sin embargo, existe un esquema organizativo alternativo que les permitiría ahorrar una buena cantidad en impuestos: se trata de interponer una sociedad holding (dedicada a dirigir y gestionar participaciones) entre los familiares accionistas y las diversas entidades de las que participan. Con ello, se consiguen rebajas de tributación tanto en el IRPF de los familiares como en el Impuesto sobre Sociedades, en el del Patrimonio y el de Sucesiones y Donaciones.

Situación actual

La estructura de participación de la mayoría de grupos familiares es la conocida como “tipo peine”: los familiares son accionistas directos de diversas entidades. Cada una de las compañías del grupo tributa al 35% en el Impuesto de Sociedades (30% en el supuesto de ser Pyme, es decir, cuando su cifra de negocios durante el año anterior sea inferior a 500 millones de pesetas). Cuando se distribuyen dividendos hacia los socios se producen dos consecuencias fiscales más: existe una retención del 28% sobre estas rentas que, además, tributan otra vez en el IRPF de los familiares (con un máximo del 48% y con unas deducciones para evitar la doble imposición que no llegan al 100%).


“La clave para conseguir este ahorro impositivo estriba en constituir una holding que no sea una sociedad transparente”

 

Ahorro en IRPF y sociedades

Si se interpone un holding entre los familiares y las sociedades, se pueden ahorrar costes fiscales. Las diversas compañías del grupo siguen tributando al 35% en el Impuesto sobre Sociedades (o bien un 30% en el supuesto de que el grupo tenga una cifra de negocios inferior a 500 millones de pesetas). Sin embargo, la entidad holding perceptora de los dividendos se ahorrará tanto la retención como el impuesto sobre estas rentas (porque la deducción por doble imposición, bajo ciertos requisitos aquí sí que es del 100%).

La clave para conseguir este ahorro impositivo estriba en constituir una holding que no sea una sociedad transparente. De esta manera, los dividendos que percibe de las participadas quedan exentos y sin retención: los va acumulando o reinvirtiendo en otras sociedades del grupo con un bajo coste fiscal. El pago de impuestos queda diferido hasta que la holding distribuya beneficios hacia los familiares.

Transparencia fiscal

Para que una sociedad holding familiar no sea transparente debe cumplir:

- Tener una participación superior al 5% en cada una de las empresas del grupo.

- Su actividad debe ser “dirigir y gestionar las participaciones mediante adecuados medios materiales y personales”. Esto debe constar en el objeto social de la holding, que, además, poseerá una apariencia de realidad.

- Las empresas participadas no deben ser transparentes y han de desarrollar actividades empresariales.


“La sociedad holding es la estructura idónea para conseguir la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio de cada socio, puesto que es fácil que cumpla los requisitos para ello”


Exención en patrimonio

La sociedad holding es la estructura idónea para conseguir la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio de cada socio, puesto que es fácil que cumpla con los requisitos para ello:

- La actividad principal no debe ser la mera gestión del patrimonio. Por Ley, está establecido que una holding es una sociedad de cartera que no gestiona un patrimonio.

-No ha de ser transparente.

- El sujeto pasivo debe poseer directamente más del 15% del capital de la holding o el 20% conjuntamente con algún pariente de hasta segundo grado. (Existen porcentajes diferentes en algunas Comunidades Autónomas).

- Uno de los componentes del grupo familiar de propietarios debe ser ejercer funciones de dirección en la entidad, con una retribución que suponga más de la mitad de sus rendimientos empresariales, profesionales y de trabajo personal.

La holding presenta la ventaja de que debe cumplir estas condiciones en una sola compañía y no en cada una de las sociedades participadas por ella.

Minimizar el coste final de la sucesión

Una de las principales causas de la difícil supervivencia de las Empresas Familiares tras la muerte del fundador es la elevada carga del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Con la holding se pueden cumplir fácilmente los requisitos para acogerse a una reducción del 95% de la cuantía de este tributo. Además, el pago del 5% restante puede diferirse en el tiempo. Estas condiciones son que:

- En el momento del fallecimiento del propietario, se cumplan los requisitos de exención en Patrimonio.

- Los adquirientes sean el cónyuge, descendientes o adoptantes, y que mantengan su participación en la empresa como mínimo diez años.

(Estos requisitos se ven matizados en la legislación de algunas Comunidades Autónomas).

Estos mismos requisitos, con ciertos añadidos, son los que acreditan la reducción del 95% en el caso de donaciones.

Otras ventajas de la holding
Además de las ventajas mencionadas, la holding presenta otros puntos favorables:

- El grupo puede acogerse al régimen de consolidación fiscal y compensar las bases imponibles de las participadas para optimizar la carga impositiva total.

- Diferir la tributación de la venta de una empresa participada.

- Utilizar la holding como centro comercial y de financiación. De esta manera, se consiguen ventajas competitivas al contratar con proveedores, con entidades financieras y aseguradoras.

- Los socios pueden utilizar la holding como fuente de información.


“…esta reestructuración se puede conseguir con un coste fiscal nulo…”


Reorganizar el grupo sin coste fiscal

Hemos citado las ventajas de emprender la reorganización de un grupo familiar mediante una sociedad  holding. Un punto clave es que esta reestructuración se puede conseguir con un coste fiscal nulo, porque el grupo puede acogerse a un régimen especial llamado “de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canjes de valores”. Se trata de un mecanismo que también podrá aprovecharse en futuras reestructuraciones.


La holding es uno más de los instrumentos que están al alcance de las empresas familiares para solucionar sus problemas específicos. Las otras herramientas son el Consejo de Familia y el Protocolo Familiar. Todos estos elementos van encaminados a aportar una adecuada planificación de la sucesión, una correcta separación entre el patrimonio personal y el empresarial o el establecimiento de unas reglas de juego entre los diferentes componentes del grupo. En definitiva, se trata de instrumentos para garantizar la supervivencia del grupo familiar a largo plazo.