Sociedad Empresa Holding
Autor:
Manuel Pavón, Socio Director de Pavón Asesores Fiscales y Tributarios.
Muchos
grupos familiares parten de un organigrama empresarial ineficiente desde el
punto de vista del coste fiscal: los familiares son socios/accionistas directos
de diversas compañías. Sin embargo, existe un esquema organizativo alternativo
que les permitiría ahorrar una buena cantidad en impuestos: se trata de
interponer una sociedad holding
(dedicada a dirigir y gestionar participaciones) entre los familiares
accionistas y las diversas entidades de las que participan. Con ello, se
consiguen rebajas de tributación tanto en el IRPF de los familiares como en el
Impuesto sobre Sociedades, en el del Patrimonio y el de Sucesiones y Donaciones.
Situación actual
La
estructura de participación de la mayoría de grupos familiares es la conocida
como “tipo peine”: los familiares son accionistas directos de diversas
entidades. Cada una de las compañías del grupo tributa al 35% en el Impuesto de
Sociedades (30% en el supuesto de ser Pyme, es decir, cuando su cifra de
negocios durante el año anterior sea inferior a 500 millones de pesetas).
Cuando se distribuyen dividendos hacia los socios se producen dos consecuencias
fiscales más: existe una retención del 28% sobre estas rentas que, además,
tributan otra vez en el IRPF de los familiares (con un máximo del 48% y con
unas deducciones para evitar la doble imposición que no llegan al 100%).
“La
clave para conseguir este ahorro impositivo estriba en constituir una holding que no sea una sociedad
transparente”
Ahorro en IRPF y sociedades
Si se
interpone un holding entre los
familiares y las sociedades, se pueden ahorrar costes fiscales. Las diversas
compañías del grupo siguen tributando al 35% en el Impuesto sobre Sociedades (o
bien un 30% en el supuesto de que el grupo tenga una cifra de negocios inferior
a 500 millones de pesetas). Sin embargo, la entidad holding perceptora de los dividendos se ahorrará tanto la retención
como el impuesto sobre estas rentas (porque la deducción por doble imposición,
bajo ciertos requisitos aquí sí que es del 100%).
La clave
para conseguir este ahorro impositivo estriba en constituir una holding que no sea una sociedad
transparente. De esta manera, los dividendos que percibe de las participadas
quedan exentos y sin retención: los va acumulando o reinvirtiendo en otras
sociedades del grupo con un bajo coste fiscal. El pago de impuestos queda
diferido hasta que la holding distribuya
beneficios hacia los familiares.
Transparencia fiscal
Para que
una sociedad holding familiar no sea
transparente debe cumplir:
- Tener
una participación superior al 5% en cada una de las empresas del grupo.
- Su
actividad debe ser “dirigir y gestionar las participaciones mediante adecuados
medios materiales y personales”. Esto debe constar en el objeto social de la holding, que, además, poseerá una
apariencia de realidad.
- Las
empresas participadas no deben ser transparentes y han de desarrollar
actividades empresariales.
“La
sociedad holding es la estructura
idónea para conseguir la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio de cada
socio, puesto que es fácil que cumpla los requisitos para ello”
Exención en patrimonio
La
sociedad holding es la estructura
idónea para conseguir la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio de cada
socio, puesto que es fácil que cumpla con los requisitos para ello:
- La
actividad principal no debe ser la mera gestión del patrimonio. Por Ley, está
establecido que una holding es una
sociedad de cartera que no gestiona un patrimonio.
-No ha
de ser transparente.
- El
sujeto pasivo debe poseer directamente más del 15% del capital de la holding o el 20% conjuntamente con algún
pariente de hasta segundo grado. (Existen porcentajes diferentes en algunas
Comunidades Autónomas).
- Uno de
los componentes del grupo familiar de propietarios debe ser ejercer funciones
de dirección en la entidad, con una retribución que suponga más de la mitad de
sus rendimientos empresariales, profesionales y de trabajo personal.
La holding presenta la ventaja de que debe
cumplir estas condiciones en una sola compañía y no en cada una de las
sociedades participadas por ella.
Minimizar el coste final de la sucesión
Una de
las principales causas de la difícil supervivencia de las Empresas Familiares
tras la muerte del fundador es la elevada carga del Impuesto de Sucesiones y
Donaciones. Con la holding se pueden
cumplir fácilmente los requisitos para acogerse a una reducción del 95% de la
cuantía de este tributo. Además, el pago del 5% restante puede diferirse en el
tiempo. Estas condiciones son que:
- En el
momento del fallecimiento del propietario, se cumplan los requisitos de
exención en Patrimonio.
- Los
adquirientes sean el cónyuge, descendientes o adoptantes, y que mantengan su
participación en la empresa como mínimo diez años.
(Estos
requisitos se ven matizados en la legislación de algunas Comunidades
Autónomas).
Estos
mismos requisitos, con ciertos añadidos, son los que acreditan la reducción del
95% en el caso de donaciones.
Otras ventajas de la holding
Además
de las ventajas mencionadas, la holding
presenta otros puntos favorables:
- El
grupo puede acogerse al régimen de consolidación fiscal y compensar las bases
imponibles de las participadas para optimizar la carga impositiva total.
-
Diferir la tributación de la venta de una empresa participada.
-
Utilizar la holding como centro
comercial y de financiación. De esta manera, se consiguen ventajas competitivas
al contratar con proveedores, con entidades financieras y aseguradoras.
- Los
socios pueden utilizar la holding
como fuente de información.
“…esta
reestructuración se puede conseguir con un coste fiscal nulo…”
Reorganizar el grupo sin coste fiscal
Hemos
citado las ventajas de emprender la reorganización de un grupo familiar
mediante una sociedad holding. Un punto clave es que esta
reestructuración se puede conseguir con un coste fiscal nulo, porque el grupo
puede acogerse a un régimen especial llamado “de fusiones, escisiones,
aportaciones de activos y canjes de valores”. Se trata de un mecanismo que
también podrá aprovecharse en futuras reestructuraciones.
La holding es uno más de los instrumentos
que están al alcance de las empresas familiares para solucionar sus problemas
específicos. Las otras herramientas son el Consejo de Familia y el Protocolo
Familiar. Todos estos elementos van encaminados a aportar una adecuada
planificación de la sucesión, una correcta separación entre el patrimonio
personal y el empresarial o el establecimiento de unas reglas de juego entre
los diferentes componentes del grupo. En definitiva, se trata de instrumentos
para garantizar la supervivencia del grupo familiar a largo plazo.